Que sea facultad exclusiva del Ministerio Público Federal conocer las denuncias por robo a autotransporte e incrementar la pena de 7 a 15 años de prisión cuando el hurto sea al vehículo o sus componentes, es el eje principal de las reformas al Código Penal Federal presentadas ante el pleno de la Cámara de Diputados.

La propuesta impulsada por el diputado federal por Nuevo León Daniel Torres Cantú, Secretario de la Comisión de Transportes en la LXIII Legislatura, pretende adicionar un tercer párrafo al artículo 376 bis de dicha ley para aumentar en una mitad la pena cuando se incurra un robo a la unidad, remolque, semirremolque y/o la propia carga, cuando éstos cuenten con permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para operar servicios de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo.

La iniciativa que se turnó a la Comisión de Justicia, también resalta que el Código Penal Federal tipifica este delito cuando se comete en caminos o carreteras (fracción XVI, artículo 381); sin embargo, cuando el vehículo es retirado de la jurisdicción del camino federal y el robo es perpetrado fuera del derecho de vía, el transportista tiene que denunciar en el Ministerio Público local.

Esto conlleva que el transportista no sólo sea víctima del delito, sino que se enfrente a procesos burocráticos de los Ministerios Públicos locales, complicando el acceso a la justicia, por lo que es pertinente que este ilícito sea conocido exclusivamente por la instancia federal, cita la iniciativa.

El legislador explicó que el modo de operar de los delincuentes para entorpecer la administración e impartición de justicia radica en ejecutar el robo fuera de la jurisdicción federal del camino, lo que genera que, en muchas ocasiones, en una entidad se encuentre la mercancía robada y en otra el camión o los remolques.

“Esta problemática se debe a la inseguridad en las vías generales de comunicación del país, por lo que se requiere que el delito se persiga por las autoridades federales, máxime cuando lo establece la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal”, aseguró.

El transportista, argumentó, presta un servicio amparado por el gobierno federal, autorizado para utilizar caminos y puentes federales, que al final del ciclo es el móvil para garantizar por parte del Estado la rectoría del desarrollo nacional a través de la competitividad y fomentando el crecimiento económico del país.

Razón que, indicó, justifica ampliamente que sean las autoridades federales a quienes corresponda combatir este delito; “debemos tomar en consideración que el daño patrimonial que se ocasiona repercute contra un sector importante de la economía nacional”.