Ante todo, el personal de la aduana tiene la obligación de atenderte con respeto y orientarte para resolver cualquier duda o problema.

Si llegas por avión, barco o autobús:

  • Dirígete al punto de inspección de aduanas.
  • Puedes introducir a territorio nacional, sin pago de impuestos, la mercancía que integra tu equipaje personal, y aquella cuyo valor no exceda la franquicia a la que tengas derecho.
  • Si excedes la franquicia debes pagar una tasa global de 16 por ciento del valor total de la mercancía excedente, por medio del formato Pago de Contribuciones al Comercio Exterior (excedente de franquicia).
  • Para el caso anterior, debes pagar en los módulos o sucursales bancarias autorizadas, en efectivo o con tarjeta de crédito o débito.
  • Llena y entrega al personal de la aduana la Declaración de Aduana para pasajeros procedentes del extranjero.
  • Activa el semáforo fiscal.

Si llegas por vía terrestre

Si viajas a México en tu vehículo debes seleccionar alguno de los siguientes carriles:

  • Autodeclaración. Se elige cuando traes mercancía adicional a tu equipaje personal, o bien cuando excedes el monto de tu franquicia.
  • Nada que declarar. Se elige cuando sólo traes tu equipaje y no excedes tu franquicia.

Importante: Los residentes en el extranjero pueden importar temporalmente su vehículo o embarcación.

Franquicia

  • Puedes traer hasta 500 dólares de mercancía sin pagar impuestos, adicionales a tu equipaje personal. Sólo será durante temporada vacacional, pero el resto del año la franquicia es de 300 dólares.
  • En invierno el periodo del Programa Paisano es del 1 de noviembre de 2016 al 8 de enero de 2017.
  • La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si eres residente de la franja o región fronteriza.
  • Puedes demostrar el valor de las mercancías que forman parte de la franquicia con facturas o comprobantes de venta. En caso de no contar con éstos, el personal de la aduana podrá determinar el valor de la mercancía.

Con tu franquicia no puedes introducir:

  • Bebidas alcohólicas.
  • Tabacos labrados.
  • Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible de tu vehículo.

¿Qué es lo que NO puedes ingresar al país?

  • Peces vivos.
  • Depredadores de cualquier tamaño.
  • Imágenes de cualquier tipo que representen a la niñez de manera denigrante o ridícula, en actitudes de incitación a la violencia o a la destrucción.
  • Ropa usada que no forme parte de tu equipaje personal.

¿Qué es lo que SI puedes ingresar al país?

  • Bienes de uso personal, tales como ropa —incluido un ajuar de novia—, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un equipo de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Cinco juguetes, incluidos los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal (en caso de sustancias psicotrópicas debe mostrarse la receta médica).
  • Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Un juego de herramientas de mano con su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Los pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.