Respecto a las modificaciones a la NOM-016-CRE-2016, que refiere a la calidad de los combustibles, la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo) consideró que las disposiciones publicadas ya en el Diario Oficial de la Federación resultan favorables para su sector.

A través de un comunicado, la agrupación de empresarios gasolineros citó las ventajas que brindan los cambios a la normativa:

  1. Ahora, las estaciones de servicio deberán presentar dos veces al año las pruebas sobre la calidad de combustibles.
  2. Permitir que gasolinas automotrices con un contenido máximo de etanol de 10% y que cumplan con las especificaciones de la Norma, puedan ser comercializadas, pues desde 1992 estos combustibles cumplen con las especificaciones que permiten su manejo.
  3. Cuando el producto se traslade por medio de carrotanque, autotanque o semirremolque, los transportistas podrán presentar solamente un informe que haga constar la calidad de los combustibles, de acuerdo con la propia norma. Dicho análisis correrá por cuenta del propietario de la molécula.
  4. Los almacenistas y distribuidores podrán demostrar el cumplimiento de las especificaciones de calidad en forma semestral, sin tener que hacerlo por cada lote de producto.
  5. Los laboratorios de prueba que determinan las especificaciones de calidad establecidas en la NOM 016, utilizarán métodos que se consideren actualizados en tanto no se modifique el procedimiento técnico.

Finalmente, Onexpo puso a disposición de sus socios a su Dirección Técnica y de Servicios para atender dudas respecto a esta nueva disposición.