La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2017, sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, publicado el 7 de junio de 2017.

De los más de 100 comentarios presentados durante el periodo de consulta de 60 días que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Subsecretaría de Transporte concedió la procedencia de 17 observaciones, al considerar que abonan al entendimiento, aplicación y aclaración del Proyecto de Norma.

En tanto, 83 fueron no procedentes y 19 más lo hicieron parcialmente, como el caso de Leonel Carrasco, director global de Vehículos de Grupo Bimbo, quien solicitó un periodo de gradualidad de entre tres y cuatro años para llevar a nuestra flota a las nuevas características solicitadas de potencia de motor, torque y capacidad de los ejes.

El argumento de la empresa es que sus vehículos no cargan el máximo permitido, razón por la que al no requerir el tonelaje adicional que permitía la diferenciación, en virtud de manejar carga con rangos intermedios de peso (por debajo de las 66,5 toneladas de PBV), cuentan con equipos que no necesariamente cumplen con las configuraciones que requerirían los 430 HP y 1650 lb-pie.

Por lo tanto, y considerando las observaciones enumeradas, tengo a bien solicitar un periodo de gradualidad de entre tres y cuatro años para llevar a nuestra flota a las nuevas características solicitadas de potencia de motor, torque y capacidad de los ejes.

La SCT respondió así: “se otorgará un periodo de 12 meses, a partir de su entrada en vigor, para que los tractocamiones doblemente articulados cumplan con las características de motor, torque y capacidad de los ejes, siempre que éstos se ajusten al peso bruto vehicular máximo autorizado”.

Respecto a la conectividad, Transportadora Zeta del Noroeste pidió agregar que las conectividades que hayan sido autorizadas por la Secretaría en fecha previa a la entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, continuarán vigentes hasta la conclusión de su periodo autorizado. La SCT respondió con Procedente.