A partir del 26 de junio, los vehículos de carga doblemente articulados serán retirados de circulación y sancionados si no cuentan con el nuevo engomado de acreditación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Después de un plazo de 90 días, que inició el 26 de marzo, los permisionarios estarán obligados a contar con esta autorización expresa, que avala el cumplimiento de todos los aspectos de la nueva NOM-012, tanto en documentación como medidas de seguridad.

Eso no implica que los cinco centros SCT habilitados para realizar el trámite dejen de recibir más solicitudes. Estos se mantendrán en operación y el trámite seguirá realizándose para que los transportistas cumplan con la disposición y los vehículos con estas configuraciones puedan operar.

Si aún no tienes duda sobre el proceso, aquí te damos las claves.

Los pasos del trámite

  1. Imprime el formato de solicitud (pre-registro) para el trámite.
  2. Presenta la solicitud en ventanilla de atención de la SCT con una copia y original de los documentos requeridos.
  3. La Dirección de Trámites y Servicios realizará la revisión documental y en caso de que los papeles estén completos y correctos expedirá la autorización expresa en un plazo no mayor a tres días.

¿Qué documentos debes presentar?

Semirremolque o remolque
  1. Documento que especifique que cumple con NOM-035, cuando aplique año modelo 2010 en adelante.
  2. Documento que acredite que cumple con el sistema antibloqueo para frenos (ABS) y suspensión de aire (excepto eje direccional delantero).
  3. Dictamen vigente de condiciones físico-mecánicas.
Tractocamión
  1. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un monto equivalente a 19,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y comprobante de pago.
  2. Constancia documental de la instalación y operación del equipo GPS.
  3. Documento que acredite que cumple:
  • motor electrónico hp mínimo y torque mínimo (lb-pie)
  • capacidad mínima de los ejes de tracción (lb)
  • freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción
  • sistema antibloqueo para frenos (ABS)
  • suspensión de aire (excepto eje direccional delantero)
  • dispositivo regulador de velocidad
  1. Dictamen vigente de condiciones físico-mecánicos
  2. Certificado vigente de baja emisión de contaminantes

Lo que debes conocer del trámite

  1. No tiene costo.
  2. Es de forma presencial.
  3. Hay cinco oficinas habilitadas para el trámite: la Dirección General de Autotransporte Federal, en la Ciudad de México, y los centros SCT en Guadalajara, Mexicali, Monterrey y Villahermosa.
  4. El horario de recepción de documentos es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  5. La vigencia de las autorizaciones será por tres años.
  6. Se emitirá para cada uno de los vehículos que conforman la configuración: tractocamión, semirremolques y remolques.
  7. No sustituye al Permiso Único de Autotransporte Federal.
  8. No representa una autorización especial de conectividad.

Ubicación de la autorización expresa

De acuerdo con la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), que encabeza Elim Luviano, el engomado nace para que autoridades encargadas de la supervisión y la sociedad civil puedan identificar de una manera muy práctica y visible que los dobles remolques cumplen con los elementos de seguridad para que puedan estar circulando, y en el caso de los que no, se puedan denunciar. De ahí la necesidad de que los engomados sean colocados en un lugar visible.

A los vehículos que formen parte de la configuración de tractocamión doblemente articulado se les otorgarán dos calcomanías, que deberán ser colocadas en la portezuela de ambos lados del tractocamión. Para el caso de semirremolque, en la parte frontal de lado derecho. Mientras que para el remolque, irá en la parte trasera del lado izquierdo.

Para las plataformas y unidades que trasladan vehículos sin rodar se les pide que sean colocados en un lugar visible y que permanezcan fijos, es decir, que no sean transferibles.