Para entrar en vigor en 60 días naturales, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2014, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

En el documento firmado por la nueva Subsecretaria de Transporte Yuridia Mascott, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), se indica que la medida forma parte del Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2013-2018, a través del cual se busca llevar a México a contar con servicios logísticos de transporte oportunos, eficientes y seguros que incrementen la competitividad y productividad de las actividades económicas.

El punto de mayor relevancia en la nueva normatividad se refiere al peso máximo para los vehículos doblemente articulados (fulles), que será de 75.5 toneladas y circularán a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora en carreteras de altas especificaciones tipo ET y A (autopistas) y por excepción podrán hacer en las tipo B.

Estas unidades por excepción podrán circular al amparo de la autorización especial por caso de conectividad en tramos de hasta por 50 km. en caminos tipo B, previo dictamen de las áreas técnicas de la Secretaría, y demostrar que no existen rutas alternas, con caminos de mayor especificación o las condiciones de seguridad.

También en el caso del full, la configuración podrá circular con un largo de 31 metros (m), acoplando dos remolques de una dimensión máxima de 12.81 m, es decir, de 42 pies, esto aún cuando el tractocamión sea un cab over.

La Policía Federal será la dependencia encargada para vigilar el cumplimiento de la NOM-012, y la SCT contará con centros fijos de verificación de peso y dimensiones y en puntos automatizados de control de peso y dimensiones, donde por medio de sistemas de pesaje electrónico y medición de dimensiones de los vehículos y configuraciones en circulación, se verifique que cumplan con el peso y dimensiones máximos autorizados por tipo de vehículo y camino que se establecen en la presente norma.

La dependencia podrá sancionar con la multa correspondiente a los transportistas que sus vehículos hayan sido detectados en los puntos automatizados de control de peso y dimensiones, donde por medio de sistemas de pesaje electrónico y medición de dimensiones automatizada los vehículos circulen con exceso de peso y/o dimensiones

A través de la Policía Federal, por medio de sistema de pesaje electrónico y medición de dimensiones de los vehículos y configuraciones en circulación, se verificará que cumplan con el peso y dimensiones máximos autorizados por tipo de vehículo y camino que se establecen en la presente norma.

Para consultar el texto íntegro de la Norma publicada en el DOF:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5348097&fecha=11%2F06%2F2014