Luego del proceso de fabricación de los vehículos en plantas armadoras, el siguiente paso no es menos complejo: consiste en entregarlos al distribuidor, llevarlos a la frontera, a los principales puertos del país para su embarque y exportación o llevarlos a las concesionarias, si son importados.

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En otros casos, se requiere trasladarlos a un almacén, a un cliente en específico o al patio de carga de una exposición o feria. Para lograr cada una de estas entregas se requiere del servicio especializado en el traslado de vehículos sin rodar, mediante góndolas, nodrizas o “madrinas”, como se les conoce comúnmente, éstas cumplen un papel clave dentro del modelo logístico de la industria automotriz.

Al ser tan especializado este tipo de transporte, no extraña que sean pocas las empresas dedicadas a él, entre ellas figuran: Auto Convoy, Consorcio de Servicios Internacionales (CSI), González Trucking, Grupo Transportes y Traslados (TYT), Inter Mg, Su Transportes, TMM Logistics, Transdriza, Transportación Especializada de México y Transportes Cuauhtémoc (TC).

Características de operación

Screen Shot 2014-12-22 at 8.32.49 PMEn la Norma Oficial Mexicana 012-SCT-2-2014, que regula los pesos y dimensiones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 2014, se define a la unidad vehicular tipo góndola o madrina como: “La configuración vehicular integrada por un camión-remolque acoplados con un convertidor o con una quinta baja; tractocamión-semirremolque o tractocamión-semirremolque-remolque o tractocamión-semirremolque-semirremolque acoplados con un convertidor o con una quinta baja, destinada al transporte de vehículos sin rodar.

Es a través de ellas que autos, camionetas, vanes, camiones y vehículos agrícolas son transportados hacia su destino. La capacidad de las unidades depende, por supuesto, de su configuración.

La NOM 012-SCT-2-2014 establece para el caso de unidades vehiculares tipo góndola o madrina:

6.5.3.1 Para las configuraciones vehiculares que trasladan automóviles sin rodar que transitan en caminos tipo «ET», «A» y «B», se permite 1,00 m de carga sobresaliente, en la parte posterior del último semirremolque o remolque de la configuración, siempre y cuando el vehículo sin carga no rebase el largo máximo autorizado por tipo de vehículo y camino a que se refiere en la Tabla «C-2».

6.5.3.2 Cuando se trate de carga sobresaliente en la parte superior frontal de la configuración tipo góndola o madrina, se Screen Shot 2014-12-22 at 8.43.32 PMpermite 1,00 m sobresaliente, siempre y cuando no se rebase la longitud máxima permitida por tipo de vehículo y de carretera, y además, el vehículo sin carga no rebase el largo máximo autorizado por tipo de vehículo y camino a que se refiere en la Tabla «C-2».

6.5.3.3 Para las configuraciones vehiculares de tractocamión con semirremolque, camión remolque y tractocamión doblemente articulado mencionadas en el punto 6.5.3.1 a los cuales se les permite transportar carga sobresaliente, deberán cumplir con los Indicadores de Peligro para Carga Sobresaliente que se establecen en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

6.5.3.4 Para las configuraciones vehiculares que trasladan automóviles sin rodar que requieran utilizar un camino de menor clasificación para llegar o salir a entregar su mercancía, por excepción se les autorizará su circulación, en los términos establecidos en el numeral 6.4, fracción I.

Algunas de las disposiciones contenidas en dicha norma especifican el Peso Bruto Vehicular de las unidades, el cual se define según el tipo de camino por el cual circulen; por caminos tipo “D” no está autorizado que transiten.

En cuanto a la longitud de estos vehículos, el reglamento establece que no pueden rebasar los 31 metros.

El ancho máximo autorizado para todas las clases de vehículos es de 2.60 m., aunque esta medida no incluye espejos retrovisores, elementos de sujeción y demás aditamentos para asegurar la carga. Dichos accesorios no deben sobresalir más de 20 cm. a cada lado del vehículo.

Para evitar dañar la carga durante su transportación, los vehículos cuentan con suspensión de aire y rampas con mecanismos hidráulicos, así como con lonas en las partes laterales de los remolques.

Otra disposición que deben acatar es la NOM 068, que especifica las condiciones físico-mecánicas de las unidades, la cual es aplicable a todos los vehículos del autotransporte de carga.

La seguridad en las carreteras

General Motors, Chevrolet, Saab, Alfa Romeo, Nissan, Toyota, Peugeot, Ford, Chrysler, Hummer, Honda, Renault, BMW, Autofin y Volkswagen, son algunos de los clientes de las empresas especializadas en este transporte, las cuales echan mano de herramientas tecnológicas como el rastreo satelital para asegurar que los vehículos lleguen a tiempo y en forma segura a su destino, aunque también se ocupan de la seguridad en carretera.

Es obligatorio que cuando los remolques lleven carga sobresaliente –como sucede la mayoría de las veces–, porten un indicador de peligro de forma rectangular, pintado a rayas inclinadas a 45 grados en colores blanco y negro reflejantes.

Además, deben llevar banderolas rojas en cada extremo cuando circulan con luz diurna, mientras que por la noche deben portar dos reflejantes o lámparas con luz roja y dos indicadores de peligro, los cuales serán visibles a 150 m de distancia.

En temporada vacacional se les restringe el tránsito por autopistas en ciertos horarios, pero no hay más obstáculos para que circulen por el país.

En cuanto a la capacitación del personal que opera madrinas, no existe una licencia específica, como ocurre en el caso del transporte de materiales y residuos peligrosos, ya que es suficiente contar con el permiso federal y la capacitación y experiencia requeridas para manejar un tractocamión o camión de grandes dimensiones.