A partir de hoy, estaciones de servicio, sin importar la marca, deberán apegarse a los lineamientos de visibilidad de precios vigentes de gasolinas y diesel, así como identificación los mismos a través de códigos de color que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) dio a conocer.

Así, los precios de combustibles, así como su número de permiso, deberán publicarse en tableros – que pueden ser electrónicos -, los cuales deben incluir el precio en pesos por litro, de contado, sin descuento por volumen, sin comisiones y sin el cobro de servicios adicionales. Además, éstos deben coincidir con los precios reportados a la CRE para cada región y municipio de país.

Los tableros de precios tendrán que colocarse en las estaciones de servicio de manera que sean legibles a una distancia de al menos 20 metros, debiendo estar iluminados de forma adecuada en cualquier momento en que la estación de servicio se encuentre abierta al público.

El código de color para identificación de gasolinas y diesel, debe estar en totalidad de cada pistola de los dispensadores y en la tapa de los tanques de almacenamiento. Dicho código quedará como sigue:

Los dispensadores deberán indicar en una etiqueta el tipo de petrolífero, índice de octano y nivel de oxigenación o bien el número de cetano y nivel de azufre, según el caso; por lo que de conformidad con lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos.

Ante la participación de nuevas marcas en el mercado de combustibles, el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, señala que todos los expendios de venta tendrán un plazo de 180 días naturales para dar cumplimiento a lo estipulado.