En las distintas actividades de la industria mexicana del gas licuado de petróleo (Gas LP) importación, transporte, almacenamiento, distribución y venta final, existen importantes áreas para introducir más competencia, incrementar el número de participantes y con el tiempo, lograr que los usuarios tengan mejores precios en el suministro de este combustible, utilizado por 76% de las familias del país.

Además, los aumentos en el precio de Gas LP tienen efectos regresivos importantes en los hogares más pobres de México, que en términos porcentuales destinan para comprarlo 3.5 veces más de su gasto que las familias de mayores recursos.

Debido a la subutilización en sistemas de transporte por ductos, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) hizo cuatro recomendaciones a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para la transportación de  Gas LP:

  • Garantizar el acceso abierto a los ductos (propiedad de Pemex y deprivados9 a todo el que lo requiera, siempre que sea técnica y económicamente viable, en términos de la Ley de Hidrocarburos. Se deben identificar y castigar negativas injustificadas al acceso abierto.
  • Hacer cumplir la obligación de Pemex y particulares de publicar la información sobre capacidad efectivamente utilizada en cada sistema de ductos y terminal de almacenamiento artificial. De no hacerlo, aplicar las sanciones correspondientes.
  • Revisar los casos en los que proceda realizar Temporadas Abiertas para asignar la capacidad no utilizada y el funcionamiento de los mecanismos de cesión de la capacidad contratada y no utilizada.
  • Garantizar la transparencia del diseño (metodología, datos, cálculos) y ejecución de las Temporadas Abiertas para asignar la capacidad de transporte por ductos de la infraestructura propiedad de Pemex o de privados, siendo Pemex el actor más relevante debido a su importancia en términos de propiedad de sistemas de ductos.

Una evolución exitosa a un mercado abierto y competido requiere de información detallada y confiable sobre las actividades de importación, comercialización, transporte, almacenamiento y venta de Gas LP al consumidor final, como la estricta aplicación de la regulación que contempla la Ley de Hidrocarburos.