Nuevas estaciones de servicio que se establezcan en la Ciudad de México deberán presentar estudios de impacto de movilidad como requisito indispensable para evitar que su proliferación ponga en riesgo a los capitalinos, determinó la Asamblea Legislativa (ALDF).

Las modificaciones al artículo 54 de la Ley de Movilidad de la CDMX especifican que los proyectos de estos establecimientos, aunque sean de bajo impacto, estarán obligados por ley a incluir dicho estudio para aprobar su instalación.

El diputado Raúl Flores García, quien impulsó la iniciativa, aseguró que la movilidad e integridad física de las personas podrían verse en peligro si se avala la construcción a diestra y siniestra de más gasolineras en la ciudad.

El legislador citó el estudio “Análisis de Estaciones de Servicio (gasolineras) ubicadas en el Distrito Federal”, realizado en 2015 por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT), donde menciona que hay centros de abastecimiento de combustible suficientes para cumplir con la demanda.

Asimismo recordó las disposiciones que marca el artículo 64 del Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo del Distrito Federal (RIAR); entre ellas, establecer una distancia mínima de 100 metros entre dos gasolineras, al menos 400 metros de un terreno donde se desarrollen otras actividades riesgosas, mínimo 25 metros entre las máquinas despachadoras y los límites de predios destinados a vivienda (independientemente de su tipo o densidad) y 150 metros respecto a centros de concentración masiva (como hospitales y escuelas).

Éstas, dijo, no se hubieran cumplido de no hacerse las adecuaciones a la Ley de Movilidad que fueron aprobadas en esta ocasión en el Pleno. Flores García agregó que este cambio legislación impactará positivamente en las políticas públicas y los cambios normativos encaminados a disminuir la dependencia al automóvil.

Así, la legislación ahora señala que la Secretaría de Movilidad emitirá la factibilidad de estos proyectos de acuerdo a sus características y si se requiere presentar o no informe preventivo; con éste, la SEMOVI definirá conforme al Reglamento su impacto de movilidad.

“La intención de multiplicar el número de gasolineras en la ciudad va en contrasentido de lo que actualmente se promueve como política pública a favor de la movilidad, el medio ambiente, la salud y el desarrollo urbano”, finalizó.