A partir del próximo 3 de marzo entrará en vigor la restricción a la circulación de vehículos pesados en las vialidades del municipio de Querétaro en un horario de 6:00 a 22:00 horas, de acuerdo con lo aprobado en el artículo 57 el Reglamento para la Movilidad y el Transito del municipio de la entidad.

 

Además de los límites de circulación a unidades arriba de 3.8 toneladas que sean de largo itinerario –cuyo origen y destino no sea la capital de la entidad–, este mismo prohibirá la entrada y circulación de vehículos en configuración de doble remolque.

 

Bajo este contexto, Saúl Obregón Biosca, Secretario de Movilidad del municipio, indicó que de no cumplir con el reglamento establecido, la sanción podría ir desde los 849 hasta los 50,940 pesos, según la falta que se haya cometido.

 

Ante este panorama, la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), que agrupa a los usuarios de transporte de carga y empresas con flota propia, exhortó a sus asociados a recurrir a la figura de amparo antes de los 30 días hábiles después de la entrada en vigor de los nuevos lineamientos.

 

Además de Jalisco, Yucatán, la Ciudad de México y Querétaro, en Quintana Roo, Sonora, Baja California Sur y Michoacán se impulsan iniciativas en la ley de movilidad para limitar la circulación de vehículos que trasladen mercancías.