La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación las nuevas facilidades administrativas para transportistas, que permitirá que este sector de contribuyentes tribute durante el ejercicio fiscal 2019 como lo venía haciendo en años pasados.

Con lo anterior se hace vigente que el estímulo fiscal por adquisición de diesel se siga aplicando en pagos provisionales contra ISR propio y retenidos, al igual que el estímulo del peaje, aplicable en pagos provisionales contra ISR propio.

Además, se mantienen los beneficios de 7.5% en retención de ISR a operadores, 8% en facilidades de comprobación y 15% en adquisición de combustibles pagado en efectivo.

El ajuste se dio tras negociaciones de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (Canacar) y la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (Conatram) con Hacienda, luego que en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 se determinaron limitaciones para transportistas de servicio público y privado, las cuales incrementaron en un 80% la carga fiscal de las empresas e impactaron en el flujo de efectivo.

Y cambian fórmula fiscal

Como lo adelantó TyT, el SAT modificó la fórmula para ingresos y deducciones. 

“Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del ISR los estímulos a que hace referencia la presente regla en el momento en que efectivamente lo acrediten”, se lee en la disposición 2.12 del documento publicado en el DOF. 

Lo anterior significa que el acreditamiento del IEPS se considerará acumulable y se obtendrá bajo ésta la base gravable. La resolución tendrá vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su efecto será con fecha del 1 de enero.