El Senado aprobó la adición de un artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prohibir la fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación, uso y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

Los senadores avalaron la minuta que envió la Cámara de Diputados, la cual incluye una sanción que va de los 12 a los 15 años de prisión a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

Si este delito es cometido por servidores públicos, sin autorización expresa escrita debidamente acreditada por su superior inmediato, se le impondrá la pena de 15 a 18 años de cárcel.

La reforma también establece que estos equipos serán asegurados en términos de lo que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales y, posteriormente, deberán ser destruidos en su totalidad.

Al presentar el dictamen, el senador Juan Antonio Martín del Campo del PAN, destacó que los inhibidores de señales son utilizados por los grupos de la delincuencia organizada para incomunicar a los operadores de autotransporte de carga, a fin de robarles las mercancías que trasladan por las autopistas de nuestro país.

Por el Grupo Parlamentario de Morena, el senador Cruz Pérez Cuellar advirtió que el robo al autotransporte acumuló 8,756 casos de enero a septiembre de 2019, según los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

La senadora de Morena, Lucía Trasviña dijo que las modificaciones dotan al Estado de herramientas para potenciar la seguridad, ya que de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica el robo a autotransporte se incrementó de 80 a 90 por ciento en los últimos cinco años y causó pérdidas por 100 mil millones de pesos al año.