Con el objetivo de regular la movilidad en la entidad y contar con un marco jurídico en materia de comunicaciones y transportes, en la LXIII Legislatura local se presentó la iniciativa para crear la Ley de Movilidad para el Estado de Tlaxcala.

En el proyecto fue expuesto en sesión ordinaria por los diputados Omar Milton López Avendaño, María Isabel Casas Meneses, Maribel León Cruz y Luz Guadalupe Mata Lara, quienes señalaron que ésta está sustentada en la propuesta ciudadana remitida en pasado a las comisiones unidas de Movilidad, Comunicaciones y Transportes, y de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

López Avendaño dijo que con esta nueva propuesta se busca actualizar el marco normativo vigente, pues el ordenamiento de Comunicaciones y Transporte de Tlaxcala, data del 12 de abril de 1983, mismo que consideró, ha dejado de atender a las necesidades de los tlaxcaltecas.

La Ley se encuentra estructurada por 213 artículos distribuidos en once Títulos y ocho artículos de disposiciones transitorias, en donde se propone que toda persona tenga derecho a la movilidad bajo un sistema integral de calidad, aceptable, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, le permita su efectivo desplazamiento.

Asimismo, se busca establecer las bases para planear, reglamentar, administrar, controlar y supervisar la movilidad de las personas y el transporte de mercancías, a fin de que de manera regular, permanente, continua, uniforme e ininterrumpida, se satisfagan las necesidades de la población.

De igual manera el proyecto pretende garantizar el derecho a la movilidad de las personas en condiciones de seguridad, calidad, sustentabilidad e igualdad, así como regular y controlar el uso de la vialidad, la infraestructura, los servicios de transporte y los elementos inherentes o incorporados a la misma.

Finalmente, la nueva legislación pretende normar la integración y aplicación del Sistema Estatal de Movilidad y encauzar las actividades de la administración pública estatal y municipal en materia de movilidad; así como establecer los procedimientos administrativos a que deberán sujetarse los actores que intervengan en la prestación del servicio público y privado de transporte.