La Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer el anteproyecto que señala los lineamientos que seguirían los permisionarios del autotransporte federal de carga y transporte privado que deseen obtener permiso y placa de identificación vehicular de convertidores (dollies) o sistemas de acoplamiento, trámite que tendría un costo de 1,999 pesos.

A través del portal de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), la dependencia puso a consideración el documento en cumplimiento con el numeral 6.1.2.2.6 de la NOM-012-SCT-2-2017, sobre el peso y dimensiones máximas de las unidades de autotransporte.

En el anteproyecto de este aviso, la DGAF precisa que el convertidor o sistema de acoplamiento que se utilice en las configuraciones de tractocamión doblemente articulado, así como los semirremolques y remolques, deberán cumplir bajo protesta de decir verdad con las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que se establecen en la NOM-012.

Para realizar el procedimiento de emplacamiento, el permisionario presentaría lo siguiente:

  1. Documento que acredite la propiedad o legal posesión del dolly o sistema de acoplamiento, factura o carta factura vigente; en caso de arrendamiento, además, el contrato de arrendamiento vigente; en el caso de unidades de procedencia extranjera, documento mediante el cual acredite su legal importación, estancia o tenencia en el país.
  2. Cumplimiento con la NOM-035-SCT-2-2010 y la NOM-001-SSP-2008 o las que las sustituyan o bien la que en su momento se encontraba vigente al momento de su fabricación, para convertidores de año-modelo 2010, y posteriores.
  3. Para los año-modelo 2009 y anteriores, los permisionarios deberán presentar sus vehículos en el Centro Metropolitano de la DGAF o Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda, en donde se realizaría una inspección física a las unidades que pretende registrar, respecto de lo siguiente:
  4. Sistema de luces, frenos, suspensión de aire (que se encuentren operando).
  5. Estructura chasis y lanza(s) que hayan sido diseñados y ensamblados para el uso que se les pretende dar.
  6. Que el vehículo haya sido fabricado de origen para la función específica.

La verificación se deberá cumplir de manera enunciativa y no limitativa, de conformidad con las facultades de comprobación que tiene la SCT.  

  1. Presentar el recibo de pago de los derechos aplicables por el alta de cada unidad por 1,999.00 pesos, el cual incluye alta de vehículo, una placa, y tarjeta de circulación. La SCT detalla que éstas serán emitidas para cada unidad registrada.

Cabe mencionar que, aunque no precisa cómo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes podrá realizar la consulta respecto de las marcas registradas para la fabricación de convertidores o sistemas de acoplamiento. Y que, en el marco de sus atribuciones, podrá negar el procedimiento si el Servicio de Administración Tributaria (SAT), determina que el ingreso de la unidad al país no cumple con la normativa vigente.

También, la SCT podrá retirar de circulación a los dollies en caso de no cubrir con estos nuevos lineamientos o si detecta que no cumplen con las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que se establecen en la NOM-012.

Otro aspecto a destacar es que dichos requisitos no aplicarían para convertidores tipo quinta baja o de más de dos ejes, diseñados para operar el servicio de transporte de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen.

La dependencia a cargo de Elim Luviano, precisa que el trámite deberá realizarse en el Departamento de Autotransporte Federal correspondiente al domicilio del solicitante o a en las oficinas de la DGAF, ubicadas en Calzada de las Bombas 411, Colonia los Girasoles, Coyoacán, Ciudad de México, C.P. 04920. El formato que deberá presentar, además de la documentación anteriormente señalada, estaría disponible en el portal de la dependencia como formato EC Convertidor Dolly.

Este documento aún no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF); una vez plasmado en él, los permisionarios podrán solicitar el trámite al día siguiente y contarán con un periodo de 120 días naturales, a partir de la publicación, para emplacar sus convertidores o sistemas de acoplamiento.