El gobierno de la Ciudad de México reformará el artículo 54 del Reglamento de Tránsito capitalino para agilizar la atención de seguros en accidentes de tránsito menores, anunció Andrés Lajous, titular de la Secretaría de Movilidad capitalina (Semovi-CDMX).

Esto, tras la firma de un convenio de colaboración entre la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), la Semovi y la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) para la protección de víctimas de accidentes «lamineros».

Dicho acuerdo tiene el objetivo de salvaguardar la integridad de quienes usan las vialidades en la capital, durante hechos viales, y en el caso de las aseguradoras garantizar el apoyo a sus clientes.

Lajous detalló que en la CDMX el 80% de los siniestros viales son conocidos como «lamineros», es decir, donde no existen personas lesionadas ni daños a bienes públicos, mediante el acuerdo, en este tipo de accidentes, se permitirá mover los vehículos a fin de que no estorben la circulación.

El funcionario explicó que este tipo de accidentes, pese a no ser graves, ocasionan:

  • Riesgo para las personas que esperan a sus seguros en vías de acceso controlado o primarias.
  • Riesgo para las personas que cruzan en estos puntos.
  • Tránsito vehicular lento.
  • Embotellamientos.

Así, las aseguradoras podrán permitir a sus clientes que, en caso de hechos de tránsito «lamineros», pueden liberar la vialidad sin perder su derecho de atención.

Lajous indicó que adicional a este convenio, la Ciudad de México publicará a finales de mes una reforma al Artículo 54 del Reglamento de Tránsito capitalino para quienes cuenten con seguro, dicha reforma considera que en los accidentes «lamineros» ambas partes podrán mover sus vehículos a fin de liberar el tránsito en las vías afectadas a fin de no obstruir la circulación.

El titular de la Semovi detalló que los vehículos podrán moverse hacia otra área sin afectar la atención y el pago por parte de las aseguradoras siempre y cuando:

  • No haya lesionados.
  • Cuando solo haya daños materiales en los vehículos privados.
  • Cuando no haya conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna sustancia.
  • Cuando no haya daños en la vía pública.

En tanto, cuando existan las siguientes condiciones, las unidades deberán quedarse en el lugar del accidente y esperar a las autoridades correspondientes:

  • Cuando existan lesionados o fallecimientos.
  • Cuando algún conductor se encuentre bajo los influjos del alcohol o cualquier otra sustancia.
  • Cuando haya daños a la vía pública.

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Al respecto, Juan Patricio Riveroll, presidente de la AMIS, subrayó que la sinergía entre el gobierno de la capital y el sector asegurador tiene el objetivo de impulsar acciones colaborativas entre el sector público y privado para realizar el intercambio de información y proteger a las víctimas de accidentes viales.

Daremos impulso a un protocolo que agiliza la atención de percances viales menores, para garantizar la movilidad segura del transporte público, los servicios de emergencia, etc.

Patricio Riveroll

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