El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva extensión para la exigibilidad del complemento Carta Porte en operaciones de comercio exterior.
A través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el SAT publicó en el DOF la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.
En ella informa que “el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de agosto de 2023”.
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El anuncio sobre complemento Carta Porte llega en noviembre
El pasado 23 de noviembre, Hacienda difundió en el DOF la obligatoriedad del folio fiscal del CFDI de tipo Ingreso o Traslado con complemento Carta Porte a partir del 1 de enero de 2023.
Poco después, difundió en su página de internet la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, primera versión anticipada, la cual determinó que la exigencia será a partir del 1 de agosto de 2023, es decir, siete meses después. Este lunes lo publica en el DOF.
Para esa fecha, los transportistas deberán contar con el número de pedimento, antes de ingresar al país, para incluirlo en el CFDI con complemento y entregar el folio fiscal o UUID de éste al despacho aduanero.
Está pendiente la publicación en el DOF de su decisión de extender el periodo de prueba y error para el complemento Carta Porte, en los traslados nacionales, del 31 de diciembre de 2022 al 31 de julio del próximo año.
Autoridades del SAT y contribuyentes dedicados o relacionados al transporte de mercancías y bienes han sostenido alrededor de 14 mesas de trabajo, de las cuales se espera que deriven cambios en las reglas para que la emisión del complemento Carta Porte, los cuales serán anunciados en los próximos días.