La Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México (SMA) publicó el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO), donde especifica, entre otros puntos, el procedimiento que deben seguir los automotores con placas metropolitanas de transporte público, carga, con distintivo de autorregulación, a gas natural comprimido (GNC) y gas licuado de petróleo (LP).

La dependencia estatal, detalló que los vehículos de servicio público de pasajeros (autobuses, combis, microbuses y taxis), así como los de carga y grúas, deberán verificar de acuerdo a la terminación del último dígito de la placa de circulación o permiso provisional para circular expedido por la Secretaría de Movilidad (SEMOV) del Gobierno del Estado de México.

Asimismo, las unidades de pasajeros y carga, con número de placas de circulación asignado o que de manera provisional cuenten con un permiso para circular expedido por dicha dependencia en tanto le sean entregadas las placas de circulación de manera física o bien se encuentren en trámite de asignación de placas de circulación, podrán verificar de acuerdo a la terminación del número del permiso provisional para circular, o dentro del periodo en que lo realizan los vehículos con engomado azul o terminación de placa “9” ó “0”.

Los que estén registrados en el Programa de Autorregulación Ambiental a Diesel en el Edomex, se sujetarán a las mediciones de opacidad establecidas en los Convenios de Concertación y quedarán exentos de la Verificación Vehicular Obligatoria, debiendo portar su constancia distintiva.

En el caso de aquellos que cuenten con holograma distintivo de gas, podrán circular solo durante la vigencia de su certificado. Para obtenerlo, precisó la SMA del Periódico Oficial del Gobierno, los usuarios deberán aprobar una revisión técnica por parte del personal autorizado y asignado por su Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica (DGPCCA).

Éste tiene una vigencia de dos años, tiempo estimado de vida útil de los convertidores catalíticos de tres vías; sin que ello los exima de la obligación de verificar semestralmente. Al término de la vigencia del holograma distintivo de Gas se podrá renovar, cumpliendo con las especificaciones.

Es importante recordar que, en apego a la NOM-167-SEMARNAT-2017, los vehículos nuevos pesados, sin importar su uso, están exentos de la verificación vehicular por un periodo de dos años. Por lo que el Gobierno del Estado de México reiteró que éstos, ya sea que utilicen gasolina, diesel, o gas natural como combustible de origen, destinados a cualquier uso, se les otorgará la Constancia Doble 00.

“Con estas acciones, el Gobierno del Estado de México busca incentivar el uso de tecnologías limpias que bajen de manera considerable las emisiones de contaminantes, como es el caso de las certificadas con estándares EPA 2010 o Euro VI, las cuales reducen sus emisiones de óxidos de nitrógeno en un 90 por ciento, así como las emisiones de partículas (PM) hasta en un 99%”, señaló la administración de la entidad en un comunicado.