Con origen en el Centro de Transferencia Modal “Indios Verdes” y destino a la intersección de la Av. Paseo de la Reforma con el Anillo Periférico (Boulevard Adolfo López Mateos), el gobierno de la Ciudad de México confirmó a través de la Gaceta Oficial, la construcción del “Sistema de Corredor de Transporte Público de Pasajeros” bajo la regulación de «Metrobús» como Línea 7.

El documento establece que esta ruta se conectará con la zona de Santa Fe y las colonias Lomas de Virreyes, Lomas de Chapultepec, Lomas de Reforma, Real de Lomas, Plan de Barrancas y Lomas de Santa Fe, para atender de manera integral las necesidades de movilidad de los usuarios.

La ruta contará con 32 puntos de ascenso y descenso, de los cuales tres funcionarán como terminales: Indios Verdes, Hospital Infantil La Villa y Fuente de Petróleos.

Respecto a las terminales, contarán con instalación cerrada, equipamiento para el peaje y control de acceso

El ascenso y descenso de usuarios se realizará con puerta derecha y los carriles reservados para el tránsito de los autobuses serán los siguientes:

carriles metrobus

El servicio complementario, inicialmente estará integrado por 30 autobuses, operará con origen en la intersección de Avenida Paseo de la Reforma y Anillo Periférico (Fuente de Petróleos) y destino a Juan Salvador Agraz y Prolongación Reforma.

Con relación a los autobuses que prestarán el servicio de transporte público de pasajeros en corredor “Metrobús Reforma» y el servicio complementario, deberán cumplir con las especificaciones siguientes:

  1. Por lo que se refiere al corredor “Metrobús Reforma”:
  2. a) Autobuses de doble nivel.
  3. b) Homologados a las condiciones de operación del corredor.
  4. c) Tecnología ambiental “EURO 6″ o equivalente.
  5. d) Capacidad para 130 pasajeros.
  6. e) Piso a nivel de la plataforma de las estaciones.
  7. f) Puertas para ascenso y descensos por el lado derecho.
  8. f) Contar con espacios para discapacitados y señalización de espacios para mujeres.
  9. g) Certificación ambiental vigente.
  10. h) Estar preparado para instalación o contar con el equipamiento del sistema de ayuda a la operación.
  11. i) En general, cumplir con las especificaciones técnicas que establecen la Secretaría de Movilidad y Metrobús.
  12. Por lo que se refiere al servicio alimentador:
  13. a) Autobuses con longitud de al menos 10.5 metros y capacidad mínima de 80 pasajeros.
  14. b) Tecnología ambiental Euro 5 o superior.
  15. c) Ascenso y descensos por el lado derecho.
  16. d) Al menos el 20% de las unidades deberán estar acondicionadas para la atención a personas con discapacidad.
  17. e) Señalización de espacios para mujeres.
  18. f) Certificación ambiental vigente.
  19. g) Estar preparado para la instalación de los sistemas de peaje y de ayuda a la operación.
  20. h) En general, cumplir con las especificaciones técnicas que establecen la Secretaría de Movilidad y Metrobús.

Para atender esta demanda al inicio de actividades de la Línea 7 de Metrobús se requerirá un parque vehicular integrado por 90 autobuses de doble piso que sustituirán como mínimo 179 unidades de transporte público colectivo que actualmente prestan los servicios significativos.

“Se trata de unidades con tecnologías que generan altas emisiones contaminantes y que no cuentan con accesibilidad universal”, dice la declaratoria.