La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó los horarios que se aplicarán para la operación de los vehículos sobredimensionados durante las vacaciones de Semana Santa 2025.

La dependencia señaló que este tipo de unidades que prestan servicios de autotransporte federal así como el de transporte privado de carga especializada que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal, deberán sujetarse a los horarios definidos.

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El aviso publicado en la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) indica que los horarios de operación comprenderán a partir de las 00:00 horas de este viernes 11 de abril de 2025, a las 23:59 horas del 27 de abril.

Asimismo, puntualiza que tanto las grúas industriales como los equipos para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso o volumen que cuenten con permiso especial de la SICT, podrán transitar de la siguiente manera:

Para los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025.

  • Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, y B4, es decir, de las 00:00 horas a las 23:59 horas, en términos del numeral 5.5.1 de la NOM-040-SCT-2-201.
  • Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, con luz diurna de 6:00 a 18:30 horas y en un horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas.

En este último concepto se incluye al horario de 18:30 a 23:59 horas, siempre y cuando circulen con dos carros pilotos, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

Días de suspensión para vehículos sobredimensionados en Semana Santa

Los días 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril de 2025, los vehículos sobredimensionados deberán suspender totalmente su tránsito en las carreteras del país. 

El documento detalla que las restricciones señaladas no les serán aplicables a aquellos permisionarios del servicio de autotransporte relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno.

Estas medidas aplicables para los vehículos sobredimensionados tienen como propósito garantizar la seguridad ante el incremento de tránsito por parte de los vacacionistas en caminos y puentes de jurisdicción federal, durante Semana Santa. 

La SICT enfatizó que las restricciones de circulación permitirán un mejor flujo vehicular a los usuarios durante las vacaciones de Semana Santa.

La Autoridad precisó que todos los vehículos deben cumplir con la NOM-040-SCT-2-2012, así como de las demás normas que resulten aplicables en materia de Autotransporte Federal, incluidos los carros piloto. 

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