La Ley de Ingresos 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre con dos ajustes fiscales que impactarán en el flujo de efectivo de los empresarios transportistas, indispensable para hacer frente a gastos que requieren pagos de contado.

 

El primero de ellos es sobre el estímulo del IEPS por el uso de infraestructura carretera, el cual fue acotado solo a los contribuyentes que no rebasen los 300 millones de pesos en ingresos en un ejercicio. El segundo aplicará en actividades no objeto de IVA, que impactará a compañías transportistas con operaciones en el extranjero.

 

De acuerdo con José Ángel Trillo, Socio Director de la consultora PKF México, anteriormente, el transportista podría acreditar contra el ISR el 50% del pago del peaje en autopistas. La modificación, advierte, excluye del beneficio de este importante estímulo a empresas de medianas a grandes, y lo limita solamente a micro o pequeñas.

 

“El consumo de una empresa de transporte en el pago de peajes es muy importante: representa, aproximadamente, desde un 4 hasta un 10% de sus ingresos. De esa cantidad, el 50% podría acreditarse contra el ISR, y ahora no lo harán. El impacto será sobre el flujo de efectivo porque tendrán que desembolsar para pagar sobre el ISR”, detalló el especialista en entrevista para TyT.

 

En el caso del IVA No Objeto, impactará en las empresas transportistas que trasladen mercancías desde el extranjero, pues se les solicita que se haga un cálculo sobre un factor que se tenga que acreditar contra el IVA o los gastos que se realicen dentro del país.

 

El fiscalista señala que lo anterior afectará porque el total del IVA acreditable que se paga en México no podría acreditarse al 100% y que los actos que se realicen no objeto disminuyan en la fórmula o en el cálculo del impuesto a pagar. Entonces, esto repercutirá en el flujo de efectivo de las empresas de transporte que estén en el supuesto de realizar operaciones y fletes internacionales. 

 

La consultora añadió que el sector ya realiza gestiones, a través de las mismas organizaciones que lo representan, para que la Secretaría de Hacienda y el Sistema de Administración Tributaria accedan a revertir estos ajustes a fin de que los empresarios del transporte mantengan los beneficios fiscales como en los últimos años.

 

Hace un año, en la Ley de Ingresos de la Federación aprobada para el ejercicio fiscal 2019, también hubo cambios en la figura de compensación universal, acreditación del IEPS y en las retenciones de ISR, los cuales repercutirían en la operación de las empresas de autotransporte. Después de gestiones de la CANACAR y CONATRAM con la autoridad federal se acordó revertir los ajustes mediante un Decreto de Facilidades Administrativas.

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