La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó los protocolos para la atención de emergencias y desastres provocados por fenómenos perturbadores, en el ámbito de su competencia.

En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se indica que la dependencia asume la responsabilidad de liderar acciones preventivas, de auxilio y recuperación en el marco de un enfoque integral de protección civil.

Asimismo, se específica que el protocolo se basa en las fases de prevención, auxilio y recuperación, alineadas con las directrices nacionales e internacionales en materia de gestión integral de riesgos y protección civil, a través de la colaboración interinstitucional, la participación ciudadana y el uso de tecnologías innovadoras. 

Prevención en materia de autotransporte federal

En la fase de prevención de riesgos, en materia de autotransporte federal, se apunta que los Centros SICT tienen bajo su responsabilidad:

  • Solicitar a la Subsecretaría de Comunicaciones y Transporte comunique a las cámaras y asociaciones relacionadas con el transporte de carga y pasaje, una vez identificado el riesgo que un fenómeno natural puede causar a la infraestructura y servicios vitales en la entidad en cuestión.
  • Asimismo, deberá establecer la forma de apoyo para aminorar las afectaciones al suministro de insumos; aunado a que se deberá integrar un operativo de servicios de transporte gratuito en apoyo para la evacuación y traslado de los damnificados de las zonas afectadas.
  • También deberá solicitar a la Subsecretaría que integre un inventario de infraestructura que considere las centrales y terminales de pasajeros que presten los servicios de transporte de pasaje, su ubicación y capacidad de servicio e identificar las rutas alternas.

En materia de medicina preventiva en el transporte, se deberá solicitar a la Subsecretaría que proporcione asesoría para prevenir y disminuir accidentes en carreteras federales, previo a la temporada de lluvias intensas y ciclones tropicales.

Fase de auxilio

Para la fase de auxilio y la atención inmediata con motivo de una emergencia y desastre provocado por un fenómeno natural, en materia de infraestructura carretera, los Centros SICT tienen bajo su responsabilidad:

  • Coordinar a las secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y la Guardia Nacional, la canalización del tránsito por rutas alternas y garantizar la seguridad en la zona de desastre.
    Esto, a través de la colocación de dispositivos de protección, cuando se cierre la circulación de un tramo carretero afectado por un fenómeno natural.
  • Efectuar los recorridos para identificar las afectaciones en la infraestructura de la carretera federal.
  • Coordinarse con las autoridades estatales y municipales, para identificar posibles afectaciones en la infraestructura carretera estatal y municipal, conforme a los lineamientos establecidos para tal efecto.
  • Porporcionar maquinaria, herramienta, equipo, accesorios y demás tecnología, en los puntos afectados, para dar atención inmediata.
    En una primera etapa, se deberá restablecer la circulación vehicular (paso provisional), que permita el acceso de personal, materiales, insumos o maquinaria de la Secretaría y otras dependencias e instituciones.
    Y en una segunda etapa, se deberá continuar con la ejecución de trabajos hasta restablecer el funcionamiento de la infraestructura dañada, de acuerdo con los lineamientos establecidos.
  • Distribuir personal de seguridad vial, señalamientos y dispositivos para protección en las zonas afectadas, que permitan dar seguridad a los usuarios que transitan durante la ejecución de los trabajos de atención inmediata.
  • Elaborar los estudios y dictámenes técnicos cuando las características de las obras a ejecutar así lo requieran, para determinar el procedimiento constructivo de las obras provisionales que den solución a los sitios afectados y permitan restablecer el tránsito, con la participación de las Unidades Generales de Servicios Técnicos.
  •  Identificar y establecer rutas alternas en los tramos dañados que representen un riesgo a los usuarios, con la finalidad de iniciar trabajos para restablecer la circulación provisional, a fin de evitar en lo posible que las comunidades afectadas queden incomunicadas.
  • Informar, a través del Área Coordinadora, a las áreas normativas respectivas, sobre la ubicación, tipo de daño, trabajos a ejecutar, costo aproximado, responsable y tiempo estimado de la ejecución de los trabajos.
    Este documento deberá ir acompañado de un informe fotográfico y video, donde se visualicen las condiciones en las que se encontraba la infraestructura carretera antes, durante y después de los trabajos provisionales; en cuanto se tenga conocimiento de alguna afectación que interrumpa la circulación en la carretera.
  • Tramitar a través de las unidades responsables centrales competentes, la solicitud de apoyos parciales inmediatos y el anteproyecto de diagnóstico de obras y acciones preliminares, ante el Comité de Evaluación de Daños para los efectos procedentes; cuando se haya emitido la declaratoria de desastre natural y de acuerdo con los lineamientos establecidos.
  • Identificar aquellos daños que por su magnitud y complejidad requieran la elaboración de un estudio y proyecto para su reconstrucción, e informar de manera inmediata a la dirección general normativa competente con el soporte documental justificativo, para que ésta instruya las acciones procedentes para su oportuna elaboración.
  • Dar seguimiento a las acciones que ejecuten las concesionarias en la atención de la infraestructura dañada en las carreteras federales de peaje, a fin de restablecer las condiciones de operatividad de acuerdo con su protocolo para atención de emergencias y desastres provocadas por fenómenos perturbadores.
  • Solicitar a la Dirección General de Desarrollo Carretero la exención del cobro del peaje a los usuarios de la región afectada, cuando se requiera utilizar como ruta alterna un tramo de carretera federal de peaje.

En tanto, en materia de autotransporte federal, durante la fase de auxilio, los Centros SICT deberá:

  • Prever y gestionar la operación temporal de terminales de pasajeros para ofrecer la continuidad en el transporte público en tanto se restablecen los servicios públicos en las zonas de desastre.
  • Dar a conocer a los permisionarios de autotransporte federal las vías que se encuentren dañadas a efecto de que tengan conocimiento y establezcan rutas alternas para llevar a cabo la prestación de sus servicios.

De acuerdo con el documento publicado en el DOF, en situación de emergencia, la dependencia y sus subsecretarías tienen máximo una hora para consolidar toda la información posible, además deberán realizar un seguimiento constante y realizar envíos de reportes en tiempo real.

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Dichos reportes deberán incluir datos técnicos, cifras, procedimientos, histórico de acciones llevadas a cabo frente al hecho y acciones proyectadas.

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