El Gobierno de Nuevo León publicó un acuerdo que restringe la circulación de vehículos de autotransporte de carga en la zona metropolitana de Monterrey (ZMM), entre las 06:00 y las 22:00 horas, a partir de abril.
Esta restricción aplica en el Polígono de Zona de Gestión de Demanda determinado por las autoridades, el cual está delimitado por el Libramiento Noreste, el Anillo Periférico y el Parque Nacional Cumbres de Monterrey.
En este sentido, el Gobierno del estado recomendó utilizar las vías públicas que circundan el área metropolitana de Monterrey y aclaró que, fuera del horario mencionado, podrán circular dentro del polígono de gestión, conforme a los horarios y restricciones establecidas en los reglamentos de tránsito municipal correspondientes.
Asimismo, detalló, esta restricción es aplicable para los vehículos de autotransporte de carga (camiones unitarios, camiones remolque, tractocamiones articulados y doble remolque), que no tengan como destino final lugares dentro de dicha zona de gestión.
El documento emitido por las autoridades indica que el Anillo Periférico, la Autopista Monterrey – Cadereyta, el Libramiento Noreste y sus entronques representan a la infraestructura suficiente para que el transporte de carga circule por el estado sin tener que ingresar a la ZMM.
La Secretaría de Medio Ambiente y el Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León, dentro del ámbito de su competencia, son responsables de la vigilancia y el cumplimiento del acuerdo, “para que coadyuven en la detención, sanción o en su caso el retiro de vehículos de transporte de carga de bienes, residuos o mercancías que incumplan con lo dispuesto por el presente Acuerdo, conforme los procedimientos establecidos en sus respectivos reglamentos de tránsito municipal correspondientes”.
De igual forma deberán implementar sistemas de control vial y regulación del tránsito, mediante el uso de cámaras inteligentes y lectores de placas para el cumplimiento de la medida.
Esta disposición entra en vigor a los 10 días hábiles de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, realizada el 22 de marzo del año en curso.
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El Gobierno de Nuevo León argumenta
Este acuerdo tiene como objetivo prevenir, controlar y minimizar las contingencias atmosféricas ambientales o emergencias ecológicas causadas por las emisiones de fuentes móviles.
Y es que, de acuerdo con el documento, los tractocamiones que utilizan diésel como combustible emiten el 33% del Carbono Negro (CN) del total generado por las fuentes móviles, el 23% tanto de PM10 como de PM2,5 y el 33% de los compuestos orgánicos volátiles (COV).
Por su parte, los vehículos mayores a 3.8 toneladas, que utilizan diésel como combustible, emiten el 16% del CN del total generado por las fuentes móviles, el 13% tanto de PM10 como de PM2,5 y el 20% de los COV.
Las autoridades estatales señalan que el Plan Integral de Gestión de la Calidad del Aire (PIGECA) considera la realización de medidas en materia de Movilidad Eficiente y Bajas Emisiones, tal como la aceleración de la transición hacia vehículos cero emisiones, que ya se están llevando a cabo, “sin embargo, es indispensable realizar acciones de manera urgente que den resultados en el corto plazo”.
Bajo este principio y con los pronósticos respecto al cambio climático, es que el Gobierno de Nuevo León emitió esta disposición.
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