La Comisión Ambiental de la Megalopolis (CAMe) activó la Fase I de contingencia ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).

A través de un comunicado, la CAMe indicó que a las 15:00 horas de este martes se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación ubicada en la alcaldía Gustavo A. Madero.

Asimismo, destacó que las condiciones se vieron favorecidas por la intensa radiación solar y un viento débil, lo que dificulta la dispersión de los contaminantes.

Ante la situación, la Comisión recomendó a la población evitar exponerse a los picos de contaminación que se registran entre las 13:00 y 19:00 horas.

Así como evitar actividades al aire libre, no fumar, especialmente en espacios cerrados y mantenerse informados sobre la calidad del aire.

Restricciones al transporte

La CAMe señaló que debido a las condiciones contaminantes, para el miércoles 19 de marzo deberán suspender la circulación los siguientes vehículos, en un horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

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1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de  matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00  horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o del Estado de México.
7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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