El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de internet la versión 3.1 del Complemento Carta Porte, así como los instructivos de llenado, los catálogos y la actualización de preguntas frecuentes; y entrará en vigor el próximo 17 de julio.
Este lunes 17 de junio, el SAT también difundió en su sitio web el estándar, esquema y secuencia de cadena original de Carta Porte, utilizados para que los desarrolladores realicen las adaptaciones necesarias de la versión 3.0 a la 3.1.
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Hay que recordar que el pasado 25 de septiembre, la autoridad publicó en su sitio web las claves y las descripciones de los catálogos del complemento Carta Porte 3.0 y su vigencia inició el 25 de noviembre.
En su momento, la nueva versión incluyó ajustes en materia de comercio exterior, transporte de mercancías en la región del Istmo de Tehuantepec, consideró a la logística inversa y creó un QR propio para el nuevo requerimiento.
En la Resolución Miscelánea para 2024 publicada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 29 de diciembre, la autoridad estableció un periodo de convivencia entre la versión 2.0 y 3.0 hasta este 31 de marzo.
Complemento Carta Porte 3.1
Casi nueve meses después del surgimiento del Complemento Carta Porte 3.0, única versión válida a partir del 1 de abril de este año, el SAT publicó la 3.1, la cual delinea temas relacionados con comercio exterior, uno de los grandes retos de la implementación de este requerimiento.
Las preguntas frecuentes difundidas este lunes incluyen precisiones sobre la presentación de mercancías bajo el Mecanismo de Selección Automatizado y la expedición del CFDI con su complemento.
Expone también que, para la modulación de mercancías en operaciones de comercio exterior, el folio fiscal de la factura con su complemento Carta Porte debe registrarse en el Documento de Operación de Despacho Aduanero (DODA).
Los catálogos para el Complemento Carta Porte 3.1 marcan que el inicio de su vigencia será el 17 de julio de este 2024, tanto para el autotransporte, transporte marítimo, aéreo y ferroviario.
El SAT también publicó en su página que la versión actual, la 3.0, perderá su vigencia el 16 de julio; es decir, no está previendo un periodo de convivencia entre ambas versiones.
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