En la Miscelánea Fiscal para 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminó el complemento denominado “Hidrocarburos y Petrolíferos” entre los requerimientos para el servicio de transporte.
Este 30 de diciembre, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó la Miscelánea Fiscal para 2025, uno de los cambios es la eliminación de la regla 2.7.1.41, de Comprobantes fiscales por venta o servicios relacionados con hidrocarburos y petrolíferos, publicada en la Miscelánea vigente.
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En ella, los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos, donde se incluye al transporte, estarían obligados a incorporar en el CFDI por la prestación del servicio, el complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos”.
Complemento «Hidrocarburos y Petrolíferos» del SAT
Este complemento fue publicado en diciembre de 2019 para la Miscelánea Fiscal 2020, entonces la regla 2.7.1.45, del capítulo 2.7. De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica.
El SAT sería el responsable de publicar en su página web las especificaciones sobre este complemento, para que los contribuyentes procedan a su expedición; sin embargo, no sucedió.
Ahora, en la Miscelánea Fiscal 2025, la autoridad eliminó la regla para este complemento y con ello, también la suprimió de la sección 2.7.7. de la expedición del CFDI con complemento Carta Porte.
Lo anterior indica que, el transporte de hidrocarburos o petrolíferos se mantendrá en 2025 con la obligatoriedad de expedir y transitar con la factura digital correspondiente a cada viaje, acompañada del complemento Carta Porte, sin considerar en el escenario de este año reglas para el otro documento.
Al respecto, Brenda Ángeles, especialista de Casaduana, explica que «la eliminación del complemento ‘Hidrocarburos y Petrolíferos’ da certidumbre a los contribuyentes que prestan sus servicios en este transporte especializado, al indicar que de momento el SAT no creará un requerimiento adicional».
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