La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una modificación al ordinal sexto del nuevo acuerdo que establece las reglas de operación de las nuevas pipas de combustibles que adquirirá el Gobierno federal.
De acuerdo con el documento –modificado dos días después de haber publicado el origina en el DOF– se establecen nuevos requisitos y características que deberán cumplir las unidades vehiculares de arrastre que se autoricen a Pemex, sus subsidiarias o filiales.
Deberán tener una capacidad máxima de 43,000 litros y contar con llantas unitarias de base ancha, siempre y cuando su capacidad de carga sea de al menos de 4.5 toneladas por llanta, es decir, nueve toneladas por eje.
O tener una capacidad de 42,000 litros y contar con llantas unitarias de base ancha, siempre y cuando su capacidad de carga sea de al menos 4.4 toneladas por llanta, es decir, 8.8 toneladas por eje.
Con 41,000 litros de capacidad, contar con llantas unitarias de base ancha, siempre y cuando su capacidad de carga sea de cuando menos de 4.3 toneladas por llanta, es decir, 8.6 toneladas por eje.
En la versión anterior, el documento refería de la siguiente manera:
“Las unidades vehiculares de arrastre que se autoricen a Petróleos Mexicanos, sus subsidiarias o filiales, al amparo de la presente modalidad serán de capacidad máxima de 43,000 litros y podrán contar con llantas unitarias de base ancha diseñadas específicamente para sustituir el arreglo dual, siempre y cuando su capacidad de carga sea de cuando menos 4.5 toneladas por llanta, es decir, 9 toneladas por eje, y a una presión de inflado que no exceda 110 psi”.
Esta modificación entrará en vigor a partir de hoy, fecha de su publicación.