La expedición de facturas con complemento Carta Porte en operaciones internacionales iniciará este 1 de enero de 2024, confirmó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024.
La autoridad fiscal publicó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), del 28 de diciembre, las reglas que deberán cumplir los participantes en el comercio exterior de México, incluidos los generadores de carga y el transporte en sus distintas modalidades.
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La expedición del complemento Carta Porte en el comercio exterior contó con distintas prórrogas, de tal manera que será exigible 2 años más tarde, respecto al caso del movimiento de carga dentro del territorio nacional, donde se elabora desde el 1 de enero de 2022 para amparar el traslado de bienes y mercancías.
Complemento Carta Porte para transporte internacional
Así, a partir de este lunes, quienes se dediquen al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen vía terrestre, férrea, área o vía marítima deberán acreditar el transporte de las mercancías movilizadas hacia el exterior con el requerimiento del SAT en su versión 3.0.
Las reglas también incluyen a los generadores de carga con flota propia, así como a los agentes de transporte o intermediarios en comercio exterior.
Las empresas transportistas residentes en México que proporcionen el servicio de transporte internacional de carga deberán cumplir con el documento cuando el viaje inicie en territorio nacional y concluyan en el extranjero.
El complemento Carta Porte no es exigible para las empresas transportistas residentes en el extranjero y que están constituidas de conformidad con las leyes de otros países, refieren las reglas establecidas con antelación por el SAT.
Las Reglas Generales de Comercio Exterior incluyen especificaciones para la entrada y salida de mercancía de territorio nacional, así como su despacho, en un lugar distinto al autorizado, bajo el amparo del complemento en su versión 3.0.
En los transitorios de las reglas publicadas, el SAT informa que la Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y estará vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año.
El complemento Carta Porte en operaciones de comercio exterior se convirtió en uno de los mayores retos de la autoridad fiscal, ya que demanda una estrecha coordinación con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Después de prorrogar su expedición durante 2 años, a diferencia del requerimiento que deben cumplir las empresas que mueven carga solo en territorio nacional, este 1 de enero inicia una prueba de fuego para el comercio exterior mexicano.
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