El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó la versión 3.1 del complemento Carta Porte, el 17 de junio, otorgando un mes para que los contribuyentes realicen la actualización. Este plazo es suficiente para el desarrollo, pruebas y lanzamiento de la nueva versión.

Gustavo Leal Cueva, director ejecutivo de Fiscalia, comparte con TyT que los cambios incluidos en el complemento Carta Porte 3.1 podrán realizarse dentro de los 30 días otorgados por el SAT, como lo marca el Código Fiscal Federal para que los contribuyentes se familiaricen con su implementación. 

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Uno de los principales ajustes que acompañaron a esta actualización, que entra en vigor este 17 de julio, está en comercio exterior. Gustavo Leal explica:

En el atributo Régimen aduanero que, por su configuración, aplicaba un solo régimen para cada carta de porte, se convierte en un nodo, de manera que un mismo complemento carta de porte puede contener más de un régimen aduanero, según los bienes o mercancías sujetas a ese régimen”. 

Expuso que el régimen aduanero es ahora un atributo para expresar el tipo de régimen que se encuentra asociado con el traslado de los bienes o mercancías de procedencia extranjera.

En este nodo se pueden registrar hasta 10 tipos de regímenes aduaneros, relacionados a los bienes o mercancías que se trasladan. 

Complemento Carta Porte 3.1 corrige error en el Código QR

El Director Ejecutivo de Fiscalia recuerda que en el complemento Carta Porte 3.0 hay un error en el instructivo para generar el código QR que debe ir en la representación impresa, pues indicaba que la longitud de caracteres para formar la línea a partir de la cual se genera el QR era de 32, mientras que la nueva versión precisa que debe ser de 36 caracteres.

Este cambio permite que la lectura óptica del código QR funcione correctamente dirigiendo a la consulta de la información directamente en la página del SAT de manera adecuada, refiere. 

Otro detalle en el complemento Carta Porte 3.1 es que el SAT aclara que en el dato donde se expresa la placa, corresponde al remolque o semirremolque, pues antes se indicaba que era la placa vehicular del transporte.

Para el transporte marítimo “Remolque” se reubica para depender del “contenedor”, concluye el experto. 

SAT hace cambios en las preguntas frecuentes 

Gustavo Leal enlista los ajustes realizados en el documento que incluye 69 preguntas generales, 24 para el autotransporte, 28 para el transporte marítimo, 12 para el aéreo y 14 para el modo ferroviario. 

  • Ahora, para presentar las mercancías ante el Mecanismo de Selección Automatizado, no es necesario exhibir la representación impresa de la factura electrónica con complemento Carta Porte.
  • Se precisa que al realizar un transporte internacional se debe incluir una factura electrónica de tipo ingreso o de traslado según corresponda.
    Además de que en el complemento Carta Porte se debe seleccionar “Sí” en el campo “TranspInternac”, sin registrar el número de pedimento, solo la documentación aduanera.
  • Para pedimentos consolidados, se precisa que cuando se trata de operaciones de comercio exterior, se debe emitir la factura electrónica de tipo ingreso o de traslado con el complemento Carta Porte en el cual se registre “Sí” en el atributo “TranspInternac”.
    Además, se deben de registrar los demás campos “EntradaSalidaMerc”, “PaisOrigenDestino”, “ViaEntradaSalida”, “TipoMateria” y “RegimenesAduaneros”.
  • Se agregan una serie de preguntas sobre transporte marítimo en ferri para cumplir con el complemento Carta Porte.

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