La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) emitió un aviso a los prestadores del servicio de autotransporte federal y transporte privado que transitan en las carreteras del país, para informar los periodos semestrales para la verificación de emisión de contaminantes.
A través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) y por medio de una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se indicó que los vehículos que utilizan diésel, gasolina, gas licuado, gas natural u otros combustibles alternos, deberán llevar a cabo la evaluación.
Por lo que los periodos en los que se deberán presentar las unidades a la verificación obligatoria de emisión de contaminantes por opacidad del humo y concentración de gases en 2024 son:
- Primera verificación: Del 1 de enero al 30 de junio de 2024.
- Segunda verificación: Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024.
El documento firmado por Laura Nohémi Muñoz Benítez, titular de la DGAF, detalla que el aviso se da con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo segundo, 2o., fracción I, 26, 36 fracciones I, IX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Asi como en los artículos 31, 32, 33, 34, 35 y 36 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
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También se basa en Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para la Prevención y Control de la Contaminación Generada por los Vehículos Automotores que Circulan por la Ciudad de México y los municipios de su zona conurbada y 22 fracción XVII del Reglamento Interior de la SICT.
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