Gerardo Peña Flores, diputado del Partido Acción Nacional (PAN) turnó una iniciativa para castigar hasta con 30 años de prisión para quien altere la infraestructura de almacenamiento y distribución de hidrocarburos.
La iniciativa propone la adición de la fracción III al Artículo 8 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
Dicha fracción plantea sancionar de 20 a 30 años de prisión, así como una multa de 20 mil a 25 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente para quien altere la infraestructura de instalaciones que almacenen, distribuyan o administren hidrocarburos.
El documento señala la necesidad de fijar penas más severas para la intervención o daño de la infraestructura, con el fin de proteger la seguridad energética, y a las comunidades locales del peligro que estos actos pudieran generar.
Peña Flores destacó que de ser aprobada esta iniciativa los gobiernos podrán recuperar de manera más rápida los costos de las reparaciones y las pérdidas económicas resultantes de estos actos.
Un enfoque más estricto podría ayudar a proteger la infraestructura de gas natural y asegurar un suministro de energía más confiable.
Por otro lado, refirió que de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) durante 2022, los costos del robo de hidrocarburos ascendieron a miles de millones de dólares a nivel global.
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La iniciativa del diputado panista se turnó a la Comisión de Justicia, con opinión de la de Energía, para su resolución.
Qué dice la Ley
Actualmente el Artículo 8 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos sólo cuenta con dos fracciones para sancionar con esta pena para quien:
- Sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglos a la Ley.
- Aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
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