Senadores del Partido del Trabajo (PT) alistan la presentación de una iniciativa para que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) regule el horario de circulación o restrinja el tránsito del autotransporte de carga durante los “fines de semana largos” y los periodos vacacionales.
La propuesta, que será presentada ante la Comisión Permanente del Senado de la República, plantea modificaciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, está impulsada por los senadores Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, Cora Cecilia Pinedo Alonso y Joel Padilla Peña, del Grupo Parlamentario del PT.
A detalle, esta iniciativa agrega el artículo 50 bis para que la SICT regule el horario de circulación de los vehículos de autotransporte de carga por los caminos y puentes federales.
Asimismo indica que la dependencia federal podrá establecer restricciones para su circulación durante los “fines de semana largos” determinados por la Ley, según sea el caso; así como la fecha determinada para el inicio y fin del periodo vacacional.
Precisa también que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC) a través de la Guardia Nacional, podrá retirar de la circulación a las unidades que incumplan con la disposición en las fechas, horarios, sentidos y tramos que la SICT haya determinado.
Leer: SICT pone en operación el Libramiento Carretero Ciudad Juárez
Con excepciones
Los senadores del PT reconocen en su propuesta la importancia del transporte de carga y los impactos de interrumpir su ciclo productivo normal, por lo que consideran exceptuar determinadas operaciones de esta medida:
- Transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados
- Traslado de animales vivos
- Movimiento de productos alimenticios perecederos
- Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual
- Para el traslado de elementos, materiales, vehículos y maquinaria, destinados para la seguridad pública, así como para la atención de emergencias
- De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío
- Transporte cisterna, de traslado de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo
- Movimiento de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos
- Transporte de medicinas
- De depósito final de residuos sólidos urbanos
- Que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial
La propuesta de los senadores agrega que, de así considerarlo conveniente y necesario bajo criterios de seguridad vial, la SICT podrá autorizar y liberar la circulación de vehículos de autotransporte de carga, de manera gradual y progresiva, con el objetivo de iniciar una circulación ordenada, evitando que, al finalizar el horario de restricción, inicien la circulación todos en forma conjunta y simultánea.
Te invitamos a escuchar el nuevo episodio de nuestro podcast Ruta TyT: