El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, presentó un nuevo proyecto para que la prisión preventiva no se aplique de forma automática, sino facultada en un debate. 

Luego de retirar, en septiembre, su proyecto de inconvencionalidad del artículo 19 de la Constitución al considerar que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos humanos, el Ministro presentó un nuevo proyecto para ser discutido en el Pleno de la SCJN. 

El Ministro expuso que se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática. 

El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”. 

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En la acción de inconstitucionalidad, el Ministro de la SCJN planteó la declaratoria de la invalidez del artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y del artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional. 

Lo anterior al considerar que emplea indebidamente la categoría de “delitos que atentan contra la seguridad nacional” como elemento para justificar la imposición de una medida cautelar de PPO. 

Precisó que la serie de ajustes propuestos no significan la desaparición de la prisión preventiva ni la liberación inmediata de las personas que están en prisión preventiva oficiosa con fundamento en las normas que han sido declaradas inconstitucionales. 

De esta forma, el Juez responsable deberá analizar si es necesario dictar esa medida cautelar para garantizar la presencia del imputado en el proceso penal, evitar que lo obstaculice y proteger la seguridad de las víctimas. 

Así es como la SCJN tiene en sus manos el análisis de la Acción de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019 que, de ser respaldada se daría el paso de una prisión preventiva oficiosa a una justificada, en una serie de delitos que incluyen el robo al autotransporte de carga.  

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