En México se han detectado alrededor de 250 fabricantes de remolques y semirremolques, donde aproximadamente los que conforman el top 15 de participación de mercado (que representan el 80% del market share) son los que cumplen con la normativa vigente de especificaciones de estos equipos.
Así lo dio a conocer Rodrigo Arcos, Presidente de la Rama Industrial 105 de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra), segmento que agrupa justamente a los productores de dollies, remolques y semirremolques.
Se trata de un dato aproximado y variable, pues la única referencia que este mercado tiene es el registro de emplacamiento emitido por la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), donde se han detectado entre 200 y 250 fabricantes.
En conferencia de prensa, Arcos comentó que en este mismo registro han detectado que algunos de estos fabricantes tienen una o dos unidades, por lo que incluso cuestionan si son productores o remarcadores de equipos: “Es difícil creer que con una sola unidad puedan sobrevivir”, comentó.
Así, dijo, se ha detectado que sólo un pequeño grupo de fabricantes realmente cumple con lo establecido en la NOM-035-SCT-2-2022, Remolques, semirremolques y convertidores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, ni con otras Normas Mexicanas referentes a aditamentos de estos equipos.
En este sentido, y a nombre de la Rama Industrial 105, manifestó su preocupación por el frecuente incumplimiento normativo que se observa en unidades que circulan en las carreteras del país.
“Las normas existen, se ha hecho el esfuerzo desde hace varias décadas por tratar de homologar las normas con Estados Unidos y Canadá; de hecho algunas son superiores a Estados Unidos y es triste ver que no se cumplen”, comentó Rodrigo Arcos.
Agregó que, como fabricantes formales, están obligados a cumplir cabalmente con las normas, pues “de nada sirve tenerlas si no las estamos cumpliendo y si no hay alguien que las vigile cabalmente en México”; aunque esto represente una desigualdad o desventaja competitiva frente a otros productores que no cumplen y ofrecen menor precio y calidad.
“Nosotros estamos convencidos que no hay otra que cumplir con la normatividad y explicar a los clientes y usuarios la importancia de cumplir con la norma, porque es un tema de seguridad”, recalcó.
Más retos desde el otro lado de la frontera
En reunión con medios de comunicación y acompañado de fabricantes agrupados en la Rama Industrial 105 de Canacintra, Rodrigo Arcos también alertó del creciente número de remolques y semirremolques usados que se están importando y tampoco están cumpliendo con la normativa mexicana.
Precisó que se trata de aproximadamente entre 2,000 y 4,000 equipos provenientes, principalmente de Estados Unidos, esto derivado de un mercado con sobreoferta de unidades.
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Acciones contra la irregularidad
Salvador Saavedra, Presidente del Sector de la Industria Automotriz de Canacintra, informó que, ante este panorama, han trabajado con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la DGAF, para establecer un convenio de difusión sobre el cumplimiento de las especificaciones señaladas en la NOM-035.
“De tal forma que todo mundo lo conozca, porque hoy en día es algo muy conocido entre algunos fabricantes y poco conocido por el usuario, por lo tanto, cualquier vehículo que le ofrecen lo compra y no cuestiona si no cumple”, comentó.
Saavedra Ceballos agregó que la idea de este acuerdo es que entre los fabricantes que sí saben cómo hay que cumplir, se hagan documentos para ser difundidos por la dependencia federal en distintos espacios, como las redes sociales.
El objetivo es que los transportistas sepan si sus proveedores están cumpliendo o no y, con ello, lograr un transporte más seguro en las carreteras.
Los mensajes se difundirán inicialmente a través de las redes sociales de la SICT y la Canacintra y sus afiliados se comprometen a divulgar dichos mensajes para que lleguen a una mayor audiencia, principalmente fabricantes de los equipos regulados, así como a los compradores y usuarios de los mismos.
Salvador Saavedra tampoco descartó la posibilidad de un acercamiento con la siguiente legislatura para generar conciencia sobre la importancia del cumplimiento de las normas de remolques y semirremolques en favor de la seguridad vial.
Además, destacó que la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial señala en su artículo 54 que deben existir normas para vehículos y que es la autoridad responsable del tema la que debe emitirla: “Ahora hay que buscar a la autoridad competente, pero ya tenemos ahí una rendija”, comentó.
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¿Y qué hay que cumplir?
Cabe recordar que los NOM-035-SCT-2-2022 establece las especificaciones mínimas de seguridad y de operación que deben cumplir los remolques, semirremolques y convertidores (dollies) nuevos o usados que se incorporen al territorio nacional, y es aplicable a los fabricantes e importadores desde marzo de 2022.
Asimismo, se encuentra la NOM-014-SCT-2-2021, sobre las especificaciones técnicas y métodos de prueba de defensas traseras para vehículos con peso bruto vehicular de diseño superior a 4 536 Kg, vigente desde 2022.
Otras, como la NOM-012-SCT-2-2017 o la NOM-020-SCT-2-2022 (referente a autotanques), incluyen más especificaciones de acuerdo con la configuración y aplicación.
Asimismo, se encuentra la Norma Mexicana NMX-D-318-IMNC-2017, sobre dispositivos de protección lateral.
La Canacintra trabaja en el desarrollo de otras NMX en las que se definirán a profundidad las especificaciones de seguridad de otros componentes y sistemas:
- NMX-D-225-IMNC-2017, sobre cinta retrorreflejante.
- NMX-D-233-IMNC-2021, sobre lámparas para vehículos, excepto faros.
- NMX-D-313-IMNC-2015, sobre sistemas de frenos de aire.
- NMX-D-318-IMNC-2017, sobre dispositivos de protección lateral, que reducen la posibilidad de la caída de peatones o ciclistas debajo de las ruedas traseras de un semirremolque.
- NMX-D-319-IMNC-2019, sobre cadenas de seguridad para convertidores.
- NMX-D-321-IMNC-2021, sobre el método para evaluar los dispositivos que previenen el vuelco del segundo remolque.
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