La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) presentó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), el aviso de los horarios de operación para vehículos sobredimensionados de autotransporte federal y privado de carga para el período vacacional de Semana Santa 2023.
El documento se dirige a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso o volúmen, así como grúas industriales que transiten caminos y puentes de jurisdicción federal.
Este tipo de vehículos, que cuenten con el permiso de la SICT, podrán transitar en el periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 31 de marzo de 2023, a las 23:59 horas del 16 de abril de conformidad con el numeral 5.6 de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SCT-2-2012.
Los días 31 de marzo, así como del 3 al 7 y del 10 al 14 de abril cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4, de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
Mientras que cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, deberán sujetarse a horarios que van de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas, y de 18:30 a 23:59 horas condicionando a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
En tanto, los días 1, 8 y 15 de abril cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4, ET2, A2, B2, C o D, podrá ser de 6:00 a 14:00 horas.
Los días que deberán suspender totalmente su tránsito, de conformidad con la NOM-040-SCT, serán el 2, 9 y 16 de abril.
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Este documento aún se encuentra en revisión por la Conamer, tras su dictamen, será publicado en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación.
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