La Suprema Corte de Justicia de la Nación prolongó para la sesión ordinaria del martes la discusión sobre la validez de la prisión preventiva oficiosa, máxima medida cautelar dictada a los imputados en delitos graves.
Luz María Aguilar Morales, ministro de la SCJN que propone que la prisión preventiva deba dictarse únicamente de forma justificada y no de manera automática inició la jornada en la que tres ministros votaron en contra de la invalidez de la medida cautelar en debate.
En un claro discurso, Yasmín Esquivel Mossa aseveró que, “suprimir la prisión preventiva oficiosas ignificaría una decisión que generaría mayores costos sociales, porque implicaría dejar a la sociedad a merced del crimen organizado, hemos visto que éstas en muchos casos tienen la capacidad financiera y operativa para enfrentar los cuerpos de seguridad”.
La ministra de la SCJN recordó que la prisión preventiva oficiosa, en su momento, se consideró como imprescindible de acuerdo con la situación imperante del país, la cual prevalece.
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Basta con ver las noticias de cualquier día para advertir el flagelo que la delincuencia ha impuesto desde décadas a una ciudadanía que solo quiere vivir en paz y que en cambio, todos los días conoce de homicidios, feminicidios, asaltos violentos al transporte público, de carga, comercios, desapariciones de personas y un largo perverso etcétera, que por cierto las sufren las clases más desfavorecidas”.
Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la SCJN.
En su turno, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, también votó en contra del proyecto de Luz María Aguilar Morales al no compartir el criterio mayoritario y se separó de todas las consideraciones del proyecto que argumenta la invalidez de la prisión preventiva oficiosa.
El ministro Alberto Pérez Dayán también sumó su voto en contra y aseveró: no me corresponde asumir una tarea que no se me asignó, no soy quien para desprender hojas de la Constitución. Pues la prisión preventiva oficiosa tiene su fundamento en el artículo 19 de la Constitución.
En contraste, Juan Luis González Alcántara Carrancá apoyó que la prisión preventiva sea justificada sin importar la gravedad del delito, ya que la prisión preventiva automática prohíbe al Juez analizar la medida cautelar con las particularidades del caso que se presente.
De esta forma concluyó la sesión ordinaria para continuar este martes, en un proceso que necesita del voto de ocho de los ministros de la SCJN para fijar una postura sobre la prisión preventiva oficiosa y los argumentos de que es violatoria del derecho a la libertad.
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